El Ministerio de Justicia confirma a CCOO que la recuperación del 26,23% de la paga diciembre 2012 se abonará en la nómina de octubre (ámbito No Transferido)


8 oct 2015


Esta mañana, al cierre de las nóminas de octubre, hemos confirmado la información que remitimos el día 24 de septiembre, día en que se publicó en el BOE la resolución del Ministerio de Hacienda y AAPP ("por la que se dictaban instrucciones para la aplicación efectiva en el ámbito del sector público...." de la devolución del 26,23% de la paga sustraída en diciembre de 2012).
El Ministerio de Justicia nos ha confirmado:
1.- El abono de la recuperación del 26,23 % en el ámbito no transferido se realizará en la nómina de octubre que se abona a finales de dicho mes.
2.- Todas las personas que siguen en activo destinadas en el ámbito no transferido (cualquier ámbito no transferido: OOCC, Murcia, Baleares, Extremadura, Castilla León y Castilla la Mancha, Ceuta y Melilla) y lo estaban en 2012 también en dicho ámbito, cobrarán de oficio dicha devolución sin necesidad de hacer reclamación alguna.
3.- Todas las personas que estaban en 2012 en el ámbito no transferido y que posteriormente han cambiado a otro ámbito transferido, si han hecho la reclamación de la cantidad anterior devuelta en los primeros meses de este año (el 24,04% de la paga 2012), tampoco tienen que hacer reclamación alguna. Se les pagará de oficio igualmente.
4.- Los compañeros/as que no hicieron reclamación del 24,04% en los primeros meses del año 2015, o se han jubilado, o cesado si es personal interino, o se encuentran de excedencia u otra situación administrativa distinta a la de activo con posterioridad a enero de 2015, además de los fallecidos también posteriormente a enero 2015 (en este caso, la solicitud la tienen que hacer sus herederos legales), tienen que reclamar el pago de ese 26,23% de la paga 2012 utilizando el modelo del Anexo de la Resolución de 18 de septiembre de 2015 de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de AAPP del Ministerio de Hacienda y AAPP (publicado en el BOE de 24 de septiembre).
En el caso de aquellos compañeros/as que no hicieron aún la reclamación del 24,04% abonado en enero 2015, deben hacer ahora las reclamaciones de las dos cantidades (el 24,04% utilizando el modelo del Anexo publicado en el BOE de 2 de enero 2015 y el 26,23 % utilizando el modelo del Anexo del BOE de 24 de septiembre de 2015)
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