- El Ministerio de Justicia aprueba, solo para su ámbito de gestión, un Protocolo de actuación para la coordinación de riesgos laborales en la Administración de Justicia ante el COVID 19
UNA VEZ MÁS, NO
ACEPTA NINGUNA DE LAS PROPUESTAS DE CCOO PARA
PONER EN MANOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE FISCALES, JUECES Y LAJ LA
VIGILANCIA DE NUESTRA SALUD Y NO DANDO NINGUNA PARTICIPACIÓN A LOS COMITÉS DE
SEGURIDAD Y SALUD NI A LOS/AS DELEGADOS/AS DE PREVENCIÓN
La
coordinación de los trámites necesarios para llevar a cabo los test rápidos
en caso de contacto estrecho con personas contagiadas o con síntomas ¡¡¡QUEDA
EN MANOS DE FISCALES JEFES, SECRETARÍAS DE GOBIERNO Y SECRETARÍAS
COORDINADORAS!!!
CCOO rechazamos de pleno este protocolo porque:
· No cumple el protocolo de actuación para contactos estrechos con personas contagiadas o con síntomas que ha acordado el Ministerio de Sanidad que obliga al aislamiento durante 14 días y a valorar por los servicios de prevención la realización de los test a los 7 días del contacto. También lo incumple quitando competencias que Sanidad ha atribuido a los servicios de prevención, como la comunicación de los casos a la autoridad sanitaria.
· No obliga a las CCAA con competencias transferidas a adoptar estas u otras medidas en relación con el personal de su dependencia, a pesar de que el ministro podría hacerlo en base a la autorización que le ha dado la autoridad sanitaria.
· No garantiza que todo el personal que ha de acudir presencialmente a realizar los servicios esenciales tenga toda la información actualizada sobre las medidas preventivas sin siquiera facilitarla a los/as delegados/as de prevención ni a la representación sindical para que informen a los trabajadores y a las trabajadoras.
· Niega la información a la representación del personal también de la documentación principal que se genere en relación con el seguimiento preventivo de esta pandemia.
· No establece un teléfono de contacto de 24 horas de los Servicios de Prevención para situaciones de urgencia.
· Niega el asesoramiento a los/as delegados/as de prevención de las medidas de seguridad laboral, asesoramiento que sí garantiza para las personas responsables de las unidades fiscales, judiciales y de otros servicios.
· No da instrucciones para que se constituyan de forma permanente durante la crisis los Comités de Seguridad y Salud, dejándolo a la decisión de la presidencia de éstos.
· No acepta el obligado cumplimiento de las decisiones adoptadas por los Comités de Seguridad y Salud en materia de prevención de riesgos laborales como obliga la Ley.
· Niega la posibilidad de actuación de los Comités de Seguridad y Salud integrados a partes iguales por representantes de la administración y del personal, para los que CCOO habíamos propuesto que se incorporasen a las reuniones los/as delegados/as de prevención de jueces y fiscales y que dichos comités fueran los competentes para determinar en caso de contagios o de falta de medidas de prevención la suspensión temporal o definitiva de la actividad o el traslado a otras instalaciones que cumplan las normas de seguridad laboral, sin que quede determinada qué autoridad tiene la competencia para tomar este tipo de decisiones.
Todas éstas habían sido las propuestas de CCOO que el Ministerio de Justicia ha rechazado en su totalidad, ninguneando una vez más la opinión de la representación del personal que, en definitiva, es el que resultará afectado.
ESTAS MEDIDAS ADOPTADAS POR EL MINISTERIO
SIN ATENDER LAS PROPUESTAS DE LOS TRABAJADORES Y A LAS TRABAJADORAS NO VAN A
EVITAR NINGÚN CONTAGIO POR LO QUE PARA CCOO SON
ABSOLUTAMENTE INÚTILES Y DESACERTADAS
EXIGIMOS AL MINISTERIO UNA INMEDIATA
RECTIFICACIÓN Y UN TRATO DIGNO HACIA EL COLECTIVO DEL PERSONAL DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
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