En el BOE de hoy,
19 de mayo se ha publicado la convocatoria
del concurso de traslado para la provisión de plazas vacantes entre
personal funcionario del los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y
Auxilio.
- Se
podrán solicitar cualquiera de las plazas ofertadas, siempre que se reúnan
las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta
convocatoria en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
y los mantengan todos hasta la resolución definitiva del concurso, sin ninguna
limitación por razón de la localidad de destino.
- Con la sola
solicitud del número de orden de un órgano judicial se entienden solicitadas todas las plazas vacantes anunciadas para
ese número de orden del Cuerpo existentes en dicho órgano, y asimismo todas sus posibles resultas, en aquellos casos en los que se anuncien, excepto en el
Servicio Común de Ordenación del Procedimiento en Ceuta y Melilla, en que se deben solicitar independientemente
los números de orden de las vacantes existentes en el Anexo I y los de las
resultas, debido a que serán adscritos provisionalmente en otros puestos de
trabajo de la nueva Oficina Judicial hasta la entrada en funcionamiento de
dicho Servicio Común, según se indica en la Orden.
- También
podrán solicitar las plazas que queden vacantes como consecuencia de la
resolución del presente concurso, que se
incorporarán en concepto de resultas a las vacantes ofertadas (y cuyos códigos
están publicados en la página web del Ministerio de Justicia RESULTAS CONCURSO DE TRASLADOS 2014 )
- El número
máximo de órganos judiciales que se podrá solicitar entre plazas
vacantes y resultas, no podrá superar los 200
números de orden,
entendiendo que cada número de orden comprende todas las vacantes anunciadas y
posibles resultas, en su caso, del órgano judicial de que se trate
- No se admitirá ninguna modificación a la solicitud de destino formulada
ni desistimiento a la participación en el concurso, una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias. Tampoco se admitirá, una vez
resuelto el concurso provisional o definitivamente, la renuncia al destino
obtenido, por ningún motivo alegado, ni tampoco por el hecho de haberse
equivocado el concursante a la hora de rellenar los números de orden de la
instancia
- Los funcionarios en situación de servicio
activo deberán mantener esta situación hasta la resolución definitiva del
concurso, y aquellos que se encuentren en las situaciones de servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de
familiares, en el supuesto de reingresar al puesto de trabajo
reservado, no serán excluidos de la participación en el concurso
- Si
un funcionario en situación de excedencia voluntaria por estar prestando
servicios como Secretario sustituto participa en el concurso solicitando el reingreso y, a lo largo del proceso del concurso, se le adscribe
provisionalmente en el Cuerpo de Gestión, no se considerará que se modifica su
situación administrativa. Tampoco sería excluido por motivo de cambio de situación administrativa el
funcionario adscrito provisional en el Cuerpo de Gestión, procedente de la situación de excedencia
voluntaria por prestar servicios como Secretario sustituto, si, una vez transcurrido
el plazo de presentación de instancias, vuelve a ser nombrado como Secretario
sustituto.
- Los funcionarios adscritos provisionalmente que participen y tengan derecho de
preferencia en la para ejercer la
preferencia deberán: solicitar todos los números de orden de
convocatoria vacantes de la localidad de que se trate en los primeros puestos
de preferencia de la solicitud; hacer constar expresamente en el apartado P-1 del modelo de instancia la
localidad para la que desea acogerse a la preferencia; y aportar fotocopias
compulsadas de la adscripción provisional y del acta de posesión
- El
funcionario cuyo puesto de trabajo le haya sido adjudicado de forma forzosa,
por motivo de reordenación de efectivos podrá participar en los concursos de
traslados, aún cuando no hubiere transcurrido el plazo legalmente establecido y
tendrá derecho preferente, por una sola
vez, para obtener otro puesto del propio centro de trabajo con ocasión de
concurso ordinario en que se ofrezca y tomando parte en el mismo. Para poder ejercer
dicho derecho
deberá ajustarse a las siguientes especificaciones: Solicitar en los primeros lugares
de orden de preferencia de la solicitud aquellos puestos de trabajo pertenecientes
al centro de trabajo para el que desea acogerse a la citada preferencia. Indicar
en el modelo de instancia marcado como V-3,
en el apartado P-2, el centro de
trabajo y localidad para la que desea acogerse a la preferencia. Aportar
fotocopia compulsada de su nombramiento con carácter forzoso para el centro de
trabajo y localidad indicados en el apartado
P-2.
- El funcionario cuyo puesto de trabajo le haya sido adjudicado mediante un proceso de reasignación forzosa, podrá participar en los concursos de traslados, aún cuando no hubiere transcurrido el plazo legalmente establecido A su vez, tendrá derecho preferente para obtener un puesto de trabajo en su centro de destino de origen en el primer concurso de puestos genéricos en que se oferten plazas de dicho centro. Para poder ejercer dicho derecho deberá ajustarse a las siguientes especificaciones: Solicitar en los primeros lugares de orden de preferencia de la solicitud aquellos puestos de trabajo pertenecientes al centro de destino para el que desea acogerse a la citada preferencia. Indicar en el modelo de instancia marcado como V-3, en el apartado P-2, el centro de trabajo y localidad para la que desea acogerse a la preferencia. Aportar fotocopia compulsada de su nombramiento por reasignación forzosa para el centro de destino y localidad indicados en el apartado P-2.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE
INSTANCIAS
10 días naturales siguientes al de la publicación de
la presente convocatoria en el boletín.
Los funcionarios destinados definitivamente, así
como los que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes
por cuidado de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo,
radicados en el territorio nacional, sin
competencias transferidas, y aquellos funcionarios del Cuerpo de Gestión PA
con destino provisional, de las Oposiciones convocadas por Orden JUS/2370/2011,
presentarán su solicitud señalando
el recuadro V-1, dirigida
al Director General de Relaciones con la Administración de Justicia,
en el Registro de Entrada de la Gerencia
Territorial del Ministerio de Justicia que corresponda al Tribunal o Juzgado en
que estuvieran destinados .
Los funcionarios destinados en Juzgados o Tribunales del País Vasco, Cataluña, Galicia,
Comunidad Valenciana, Canarias, Andalucía, Navarra, Madrid, Cantabria, Aragón, Asturias y La Rioja, interesados en las plazas que se oferten en este
concurso, presentarán su solicitud
al Departamento de Justicia de la Comunidad Autónoma de su actual destino.
Los funcionarios que se
encuentren en excedencia del art.
506. d) (prestación de servicios en otro cuerpo de la Administración
pública) presentarán su solicitud, señalando el recuadro V-2, en el Registro General del Ministerio de Justicia (Calle
Bolsa, 8.- 28012 Madrid), dirigida a la siguiente dirección: Ministerio de
Justicia - Subdirección General de medios personales al servicio de la
Administración de Justicia - Sección Concursos - C/ San Bernardo, 21 (28015
Madrid).
El resto de solicitantes que deseen participar en el presente
concurso (adscritos provisionales; excedentes
voluntarios por agrupación familiar o por interés particular; incursos en reordenación de efectivos del art.
52.c) del R.D. 249/96, de 16 de febrero, o en reasignación forzosa del Art. 67
del R.D. 1451/2012, de 7-12; adscritos
provisionales por cese o renuncia de un puesto obtenido por libre designación o
por haber renunciado a un puesto obtenido por concurso específico) presentarán su
solicitud, señalando el recuadro V-3
en el Registro General del Ministerio de
Justicia (Calle Bolsa, 8.- 28012 Madrid), dirigida a la siguiente
dirección: Ministerio de Justicia -
Subdirección General de medios personales al servicio de la Administración de
Justicia - Sección Concursos - C/ San Bernardo, 21 (28015 Madrid).
Los excedentes voluntarios por interés particular acompañarán a
su solicitud declaración de no haber sido separados de cualquiera de las
Administraciones Públicas.
Los excedentes voluntarios por prestación de servicios en el sector
público según el art. 506 d) de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, deberán acompañar
a su solicitud de participación en el concurso una declaración de no
encontrarse en situación de suspensión firme de funciones.
Para los funcionarios que
participen en el presente concurso de traslados, a nivel nacional, existe la posibilidad de rellenar la
solicitud por medios telemáticos entrando en la dirección
https://ainoa.justicia.es, a la cual sólo se puede acceder a través de la
Intranet del Ministerio de Justicia.
En caso de presentar dos instancias solicitando destinos en dos Cuerpos y Escalas distintos, serán anuladas las dos solicitudes, quedando, por tanto, el funcionario excluido de la participación en el concurso.
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios del mismo o distinto Cuerpo, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas efectuadas por ambos