Tras la reciente Sentencia del TC que concede amparo a una funcionaria de Justicia de la Comunidad de Madrid que
tuvo que posponer el curso obligatorio para tomar posesión de su plaza,
obtenida mediante oposición, pues tenía programado el parto para el mismo día
en que comenzaba el curso.
CCOO SE DIRIGE NUEVAMENTE AL MINISTRO DE
JUSTICIA PARA QUE SE SUBSANEN Y SE RECONOZCAN DE OFICIO LOS DERECHOS DE TODAS
LAS FUNCIONARIAS EN IGUAL SITUACIÓN QUE LA COMPAÑERA RECURRENTE ,
PARA EXIGIR QUE SE ELIMINE CUALQUIER DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO, Y PARA QUE
SE ELABORE UN PLAN DE IGUALDAD PARA LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA
CCOO RECLAMA AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE MODIFIQUE DE
MANERA INMEDIATA TODA LA NORMATIVA PARA
QUE TODAS LAS FUNCIONARIAS QUE SE
ENCUENTREN EN LICENCIA POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO, PARTO, LICENCIA DE
MATERNIDAD O LACTANCIA, NO PUEDEN SER DISCRIMINADAS POR ESTA RAZÓN
Desde hace años CCOO lleva demandando a los
diferentes responsables del Ministerio de Justicia que se respeten los derechos
económicos y profesionales de todas las funcionarias que se encuentren en
situación de riesgo durante el embarazo, parto o licencia de maternidad y se
han remitido varios escritos y cartas al ministro de Justicia, al director general
de relaciones con la
Administración de Justicia y a la otrora ministra de Igualdad
para que se modificara la legislación y se eliminaran aquellas disposiciones
que suponen una discriminación por razón
de sexo.
CCOO
ha seguido insistiendo también ante los responsables actuales del Ministerio de
Justicia para que se elimine cualquier discriminación por esta razón y
especialmente en las convocatorias de los procesos selectivos en dónde las
mujeres embarazadas en múltiples ocasiones están sufriendo discriminación por
razón de sexo que implica un trato desfavorable
relacionado con el embarazo o la maternidad. CCOO sigue reclamando
que se elabore un plan de igualdad en la Administración de
Justicia. Y como siempre, sin respuesta alguna.
Ahora el Tribunal Constitucional dicta
sentencia para amparar a una funcionaria a la que la Consejería de Justicia
de la Comunidad
de Madrid (y después del TSJ de Madrid), había denegado reconocer
antigüedad en el cuerpo de gestión con carácter retroactivo después de
haber aprobado la oposición y verse obligada a posponer el curso
téorico-práctico por estar de parto. CCOO celebra esta sentencia y
felicita a la trabajadora que ha conseguido que le reconozcan sus derechos.
Esta sentencia demuestra que nuestras reclamaciones
son legítimas y justas y de nuevo CCOO presenta una carta dirigida al Ministro de
Justicia exigiendo que:
· Se notifique la
sentencia citada a todas las funcionarias de la Administración de
Justicia que hayan estado en una situación similar a la recurrente, y se
subsane su situación de oficio, procediendo al abono de las retribuciones
que dejaron de percibir al haberlas incluido inaceptablemente en una promoción
posterior a la que les correspondía, así como el Ministerio de Justicia proceda
al reconocimiento expreso de todos los derechos profesionales y laborales que
les corresponden, tal y como establece la sentencia del Tribunal Constitucional.
·
Se
comunique, desde el Ministerio de Justicia a las CCAA con competencias
transferidas, la necesidad de que actúen de igual forma en sus ámbitos de
competencia
· Se modifiquen con carácter inmediato las normas legales que contienen el Estatuto Jurídico del personal al servicio dela
Administración de Justicia (LOPJ, Reglamento de ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal al
servicio de la
Administración de Justicia y las bases de las convocatorias
de los procesos selectivos), de manera
que se determine en dichas normas legales que todas las funcionarias que se
encuentren en licencia por riesgo
durante el embarazo, parto, licencia de maternidad o lactancia, tienen los
mismos derechos económicos, profesionales y laborales que cualquier opositor de
su misma promoción, y no pueden ser discriminados por esa razón. En
definitiva, a una opositora de cualquier promoción, acceda por el turno de promoción interna o
libre, que se encuentre en cualquiera de las situaciones señaladas en este
párrafo, se le deben reconocer todos los derechos económicos y profesionales de
su misma promoción
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· Se modifiquen con carácter inmediato las normas legales que contienen el Estatuto Jurídico del personal al servicio de