- Publicadas tres resoluciones que regulan las medidas preventivas en justicia para protección sobre el coronavirus, una sobre Registro Civil, otra sobre Seguridad Laboral y otra sobre Cálculo y Distribución de los Servicios Esenciales
EL MINISTERIO DE JUSTICIA ACEPTA SOLO 10 DE LAS 44 PROPUESTAS (ALGUNAS
SOLO PARCIALMENTE) FORMULADAS POR CCOO CON EL
ASESORAMIENTO DE PRESTIGIOSOS TÉCNICOS DE PREVENCIÓN E INSTITUCIONES
ESPECIALIZADAS DE ESTE SINDICATO Y NO SE ACEPTAN NUESTRAS PROPUESTAS
FUNDAMENTALES
Demuestra así el ministro, Juan Carlos Campo su nula disposición al
diálogo y que no le importa para nada la opinión de 55000 personas que trabajan
en la justicia (cuerpos generales, personal laboral, cuerpos especiales del
INT, LAJ y Médicos Forenses)
SEGUIREMOS PRESIONANDO DESDE CCOO PARA
QUE EL RESTO DE NUESTRAS PROPUESTAS SEAN INCLUIDAS PERO LAS QUE HA FIJADO EL
MINISTERIO SON DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO, QUE VIGILAREMOS Y MEJORAREMOS EN
CADA CASO CONCRETO CON LA INTERVENCIÓN CONSTANTE DE NUESTRAS DELEGADAS Y
DELEGADOS
Las resoluciones aprobadas que afectan a todo el territorio nacional son las siguientes:
Las propuestas que ha formulado CCOO, entre las que resaltamos con negrita las que
han sido aceptadas por el ministerio, son:
1) Disponibilidad general, y solo permanencia donde
haya trabajo de forma constante (juzgados de guardia, registro y reparto y
registros civiles de las poblaciones más grandes)
2) No establecer servicios mínimos donde no se
practiquen diligencias de servicios esenciales (juzgados de paz sin registro
civil, servicios comunes de actos de comunicación, etc.)
SE ESTABLECE LA POSIBILIDAD DE REDUCIR LOS
SERVICIOS MÍNIMOS Y DE ATENCIÓN POR PERSONAL DE OTRO ÓRGANO SEGÚN SE DETERMINE
EN RESOLUCIONES DE LAS CCAA TRANSFERIDAS O DEL MINISTERIO
3) Que las normas
preventivas sean también de aplicación para todo el personal (incluido LAJ y
personal laboral).
4) Disponibilidad de 24 horas de los Servicios de
Prevención con teléfono de contacto.
5) Centralizar la información y la comunicación con
sanidad en los Servicios de Prevención.
6) Directorio de teléfonos en los centros de trabajo
para la limpieza, desinfección y suministro de material de protección.
7) Aplicar los principios generales
de protección de la Ley Prevención de Riesgos Laborales (art. 15)
- a) Evitar los riesgos.
- b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
- c) Combatir los riesgos en su origen.
- d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo
- e) Tener en cuenta la evolución de la técnica.
- f) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
- g) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
8) Cumplir en su integridad los derechos de
información y participación de los/as delegados/as de prevención y comités de
seguridad y salud.
9) Efectuar en justicia los test rápidos previstos
para otros servicios esenciales (sanidad, fuerzas de seguridad, etc.)
10) Aislamiento inmediato de personas contagiadas.
11)
Cuarentena de 14 días del resto de personal del
centro de trabajo con quien haya tenido contacto la persona contagiada.
12)
Cierre inmediato de los centros de trabajo con
personas contagiadas hasta su total desinfección.
13) Medios telemáticos a disposición del/la responsable del centro de trabajo
para comprobar la entrada de cualquier asunto urgente o relativo a servicios
esenciales.
14) Exclusión de los
turnos de asistencia de todos los colectivos calificados de más vulnerables por
la autoridad sanitaria, mayores de 60 años
incluidos, y también quien esté de permiso para cuidado de menores o mayores.
15) No permitir la
entrada a los edificios de personas que presenten
síntomas o se nieguen la utilización de los geles en las puertas de entrada.
16)
Para quien
presente síntomas y deba ser atendido para la
práctica de servicios esenciales se dispondrá la práctica de diligencias
por videoconferencia y, solo si esto no fuese posible, la persona utilizará obligatoriamente mascarilla durante toda su
estancia en las dependencias de trabajo o zonas comunes.
17)
La primera atención al público del personal de
servicios mínimos se producirá en la entrada al edificio para determinar si
debe o no acceder a las oficinas y zonas comunes.
18) Establecer la distancia de 2 metros para la
atención a la ciudadanía.
19)
Instalación de mamparas inmediata en todos los
puestos de atención al público o establecer dependencias específicas con
mamparas y comunicación telemática y telefónica con los centros de trabajo.
20)
Medidas urgentes de los servicios y delegados/as de
prevención, incluida la paralización de la actividad en su caso, cuando se
incumplan las medidas de seguridad y preventivas.
21) Articular sistema
de acceso a las aplicaciones procesales y de gestión desde el domicilio para
todos los cuerpos.
22) Para
desplazamientos urgentes e inaplazables a centros sanitarios, penitenciarios,
de menores y otros dotar de los medios de protección necesarios y viajando una
sola persona por vehículo.
23) Fomentar para los
registros civiles la solicitud de inscripción telemática de los nacimientos desde
el hospital.
24) No hacer
señalamientos o citaciones para actuaciones que no sean de servicios
esenciales.
25) Establecer aforo máximo en cada dependencia y
edifico para garantizar las distancias de seguridad y controlar la
espera del personal en las puertas de los edificios.
26) Dotación de
esprays para la limpieza y desinfección de teclados, ratones y otros utensilios
de difícil limpieza.
27) Dotación de
pañuelos de papel desechables a disposición del personal y usuarios.
28) Lavado obligatorio de manos con los productos
adecuados cuando se tosa inesperadamente sobre la mano.
29) Limpieza de
impresoras, fotocopiadoras, fax, teléfonos y otros elementos de uso común de
forma inmediata tras cada uso.
30) Evitar el uso de pulseras, pendientes, piercings, etc., así como de
maquillaje, especialmente en las zonas cercanas a las mucosas, ojos y labios.
31) Mascarillas y
guantes para todo el personal que atienda al público. Habilitar aparcamientos
reservados para fomentar el uso del vehículo particular para el traslado al
trabajo.
32) Garantizar que todo el personal está informado de
las medidas preventivas y de sus constantes actualizaciones.
33) Intensificar la limpieza y desinfección en los
juzgados de guardia y calabozos y mostradores, barandillas, ascensores y pomos
o picaportes de puertas.
34) Medidas
preventivas y de protección obligatorias para el personal de limpieza.
35) Medidas especiales
para levantamientos de cadáver, autopsias y manejo de muestras susceptibles de
estar infectadas.
36)
Impedir la práctica de diligencias y cualquier
actividad en sótanos, lugares cerrados o sin ventilación natural.
37)
Las actuaciones en caso de sintomatología grave
serán las mismas que en los casos de contagios confirmados.
38)
Comunicación inmediata de contagios o
sintomatología grave a la representación sindical del personal.
39)
Simplificar los trámites a las personas afectadas
por contagio o cuarentena siendo solo obligatorio comunicarlo a la persona
responsable de personal o del centro o al servicio de prevención por teléfono o
correo electrónico y sin necesidad de justificantes, bajo su responsabilidad.
40)
Obligación de la persona responsable del órgano de
poner los contagios en conocimiento de los/as delegados/as de prevención.
41)
Prohibir el contacto físico directo con otras
personas a menos de 2 metros y las reuniones que no se hagan por
videoconferencia.
42)
La limpieza y desinfección de oficinas con personal
contagiado se hará con los productos determinados por sanidad serán extensivas a las zonas comunes del
edificio.
43)
De acuerdo con las medidas sanitarias vigentes en
los centros de trabajo se considerarán exposiciones de riesgo y exposiciones de
bajo riesgo no existiendo ningún puesto de trabajo en los servicios esencias
considerado de baja probabilidad de exposición
44)
Lo dispuesto en la resolución que se dicte serán
medidas de obligado cumplimiento, no simples recomendaciones.
SI SE DEMUESTRA QUE LA NO ACEPTACIÓN DE LAS MEDIDAS QUE HEMOS PROPUESTO
PROVOCA ALGÚN CONTAGIO CON FATAL DESENLACE EXIGIREMOS CON CONTUNDENCIA LAS
RESPONSABILIDADES QUE CORRESPONDAN
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