Letrados de la Administración de Justicia: convocatoria para la provisión de puesto de trabajo por libre designación


15 ene 2021



Hoy se ha publicado en el BOE:

MINISTERIO DE JUSTICIA

Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia

Orden JUS/1329/2020, de 18 de diciembre, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación


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Oposiciones Letrados de la Administración de Justicia, promoción interna: nombramiento de los aspirantes que han superado el proceso selectivo




Hoy se ha publicado en el BOE:

MINISTERIO DE JUSTICIA

Nombramientos

Orden JUS/15/2021, de 5 de enero, por la que se nombran Letrados de la Administración de Justicia de la tercera categoría, turno promoción interna, a los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Orden JUS/402/2019, de 19 de marzo


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BOE de 15 de enero de 2021: publicadas las adjudicaciones de destinos del proceso selectivo de Gestión Procesal y Administrativa, promoción interna, OEP 2017-2018, de la Comunidad de Madrid, con una semana de retraso sobre el resto de ámbitos




BOE de 15 de enero de 2021: se publican las adjudicaciones de destinos de Gestión, promoción interna, de la Comunidad de Madrid, correspondientes a la OEP 2017-2018, con una semana de retraso sobre la del resto de ámbitos territoriales


Adjuntamos los destinos de la Comunidad de Madrid, publicados hoy, 15 de enero, en el BOE:

COMUNIDAD DE MADRID

Destinos

Resolución de 28 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Justicia, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo



Finalmente, y como CCOO ha venido demandando insistentemente al Ministerio de Justicia, la órden de adjudicación de destinos de la Comunidad de Madrid que hoy se publica, con un retraso de una semana sobre la del resto de ámbitos, lleva fecha también de diciembre de 2020 (en este caso del día 28), por lo que la congelación para poder concursar se extiende tan solo al año 2021. Por tanto, las personas que ahora tomen posesión efectiva en el Cuerpo de Gestión podrán concursar, si lo desean, en el concurso de traslado que se convoque en 2022

De la orden de la Comunidad de Madrid por la que se adjudican los destinos de este ámbito señalamos como muy importantes a tener en cuenta los siguientes apartados (que son de contenido semejante en las órdenes y resoluciones del resto de ámbitos territoriales convocantes de plazas de este cuerpo por promoción interna):

  

Segundo. Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se les otorga destino en esta Resolución, deberán tomar posesión ante la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de la Comunidad de Madrid en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado»  


La toma de posesión de aquellos funcionarios que hayan sido destinados a órganos en lo que exista una Unidad Administrativa y de Coordinación del Proyecto Civitas se realizará en estas


En el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia del Ministerio de Justicia o de otras Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, se remitirá la documentación de la toma de posesión a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Tramitación Procesal  


Tercero. Los funcionarios destinados en virtud de esta Resolución que opten por continuar en activo en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa no se desplazarán a tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado segundo, comuniquen a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid dicha opción, a los efectos de la declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se les declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia


Con el fin de planificar la oferta de plazas de los aspirantes aprobados por el turno libre, aquellos aspirantes del turno de promoción interna que opten por continuar en activo en el Cuerpo de procedencia, deberán comunicar, mediante el formulario que se publica en la presente Resolución como anexo II, su intención de acogerse a dicha opción, a través del correo electrónico gestionpersonaljusticia@madrid.org en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de su nombramiento y adjudicación de destino en el «Boletín Oficial del Estado»


Cuarto. En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia y dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión; podrán solicitar del organismo competente correspondiente a su destino como funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo 


Quinto. Los funcionarios que opten por permanecer en el nuevo puesto del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, permiso del que se deducirán los días contemplados en el apartado tercero de esta Orden


Dicha disposición adicional establece:


Disposición adicional quinta. Permiso retribuido para funcionarios que accedan a otros Cuerpos o Escalas:


Los funcionarios que opten por tomar posesión del nuevo puesto del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, tendrán derecho a partir de la toma de posesión al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, permiso del que se deducirán los días contemplados en el apartado cuarto de esta Resolución

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Reclamamos que la Fase II de los Planes de Actuación sea negociada con las organizaciones sindicales




Fase II de los Planes de Actuación COVID-19 para medidas de autorrefuerzo y refuerzos externos

EL MINISTERIO DE JUSTICIA NOS DA TRASLADO DEL BORRADOR DE RESOLUCIÓN PARA ESTA SEGUNDA FASE Y NOS DA UN PLAZO DE UNAS POCAS HORAS PARA ALEGACIONES

CCOO y el resto de sindicatos hemos solicitado de forma conjunta la convocatoria inmediata de la mesa de negociación


A las 14.29 horas del día de hoy hemos recibido por correo electrónico un documento sobre la segunda fase del plan de actuación de la Disposición Adicional decimonovena del RDL 11/2020 de 31 de marzo con la petición de que se realizaran observaciones y, en su caso, negociación hasta última hora de la tarde

Lo regulado en este borrador afecta a las condiciones de trabajo del personal, por lo que debe ser objeto de negociación colectiva

Solicitamos por ello de forma conjunta con CSIF, STAJ y UGT la convocatoria de la Mesa de Negociación del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia en los términos recogidos en el Estatuto Básico del Empleado Público y otras disposiciones legales de aplicación. No existe ninguna disposición legal que regule el derecho a la negociación colectiva que permita una negociación consistente en la remisión de un borrador para alegaciones en un plazo de pocas horas, como se hace en este caso

Para dicha negociación el Ministerio tiene que remitirnos la información que CCOO le ha solicitado en reiteradas ocasiones: 

- Datos de carga de trabajo de todos los órganos judiciales de las jurisdicciones social y contencioso-administrativa y de la especialidad mercantil para determinar en qué órganos deben establecerse estos planes de actuación

- Órganos judiciales en los que se implementaron planes de actuación en la Fase I, separando los planes de autorrefuerzo y los de refuerzo externo y evolución de las cargas de trabajo de los mismos desde que dicha fase entró en vigor

- Retribuciones abonadas al personal de los cuerpos generales y de LAJ que han participado en la Fase I, con expresión del cuerpo y órgano afectado

En caso de que la negociación colectiva de este asunto no se atenga a lo establecido legalmente nos reservamos el derecho al ejercicio de las acciones correspondientes que estimemos oportunas. 

EL BORRADOR QUE NOS HA REMITIDO EL MINISTERIO PUEDE VERSE EN ESTE ENLACE
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CCOO reclama la inmediata convocatoria de la Mesa de Negociación para la negociación del incremento del Complemento Específico del ámbito no transferido


11 ene 2021



 

COMPLEMENTO ESPECÍFICO DEL ÁMBITO NO TRANSFERIDO

El Ministro de Justicia debe dar exacto cumplimiento a la Ley de Presupuestos Generales del Estado convocando con carácter inmediato la mesa de negociación para el incremento del complemento específico del personal funcionario del  ámbito no transferido.

Hasta ahora, el Ministerio de Justicia, con todos sus titulares a la cabeza, se ha negado reiteradamente a revisar la cuantía del complemento específico, que lleva inamovible desde el año 2008, fecha en que se consiguió su incremento a costa de una durísima huelga alargada por la cabezonería del que fuera por aquel entonces Ministro, el Sr. Fernández Bermejo.

Desde aquella fecha, todo el personal funcionario transferido ha visto incrementado dicho complemento de forma sustancial a excepción del personal dependiente del Ministerio, que en estos trece años ha pasado a ser el peor pagado de toda de Administración de Justicia, obligado a soportar unas diferencias salariales vergonzosas que constituyen un insulto a nuestra dignidad y que no se pueden ni deben tolerar por más tiempo; pues bien, con la actual Ley de Presupuestos Generales del Estado ya no existe excusa para resolver esta cuestión.

Efectivamente, el 31 de diciembre el BOE publicó la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2021, Ley que, a instancia e iniciativa de CCOO, contiene dos Disposiciones Adicionales de capital importancia para las condiciones laborales de los funcionarios de la Administración de Justicia: de una lado, la 157ª que obliga al Ministerio de Justicia a negociar la adecuación del complemento específico del personal funcionario del  ámbito no transferido y del Cuerpo de Letrados, y de otro, la 158ª que obliga a revisar de oficio y a reconocer como cotizados los periodos que consten trabajados y no cotizados del personal de justicia. 

Por lo tanto, ya no existen excusas y el Ministerio de Justicia está obligado a convocar de manera urgente la mesa de negociación para acordar el incremento del complemento específico del personal funcionario no transferido, que para CCOO debe ser no menor de 300€ mensuales y lineales para todos los cuerpos con efectos retroactivos de 1 de enero de 2021.

Por todo ello, CCOO se ha dirigido al Secretario de Estado exigiendo el cumplimiento de la Ley y requiriéndo, formalmente, para la convocatoria urgente de una reunión con las organizaciones sindicales al objeto de abordar esta negociación con la mayor celeridad. 

Escrito Ministerio Justicia negociación complemento específico ámbito no transferido

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CCOO solicita que Médicos Forenses, Cuerpos especiales del INTCF y Auxiliares de Autopsia sean vacunados junto con el personal sanitario



  • Vacunación contra el COVID-19 de M. Forenses, Cuerpos Especiales del INTyCF y Auxiliares de Autopsia

CCOO SOLICITA AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA LA ASIMILACIÓN DEL PERSONAL MÉDICO FORENSE, DE LOS CUERPOS ESPECIALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE TOXICOLOGÍA Y AUXILIARES DE AUTOPSIA AL PERSONAL SANITARIO A EFECTOS DE LA DISPENSACIÓN DE LA VACUNA CONTRA EL COVID-19

CCOO hemos comunicado por escrito al Ministerio de Justicia y la autoridad sanitaria que el personal funcionario de los Cuerpos de Médicos Forenses y Facultativos, Técnicos de Laboratorio y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y el personal laboral de la categoría profesional de Auxiliar de Autopsia, dadas sus funciones, se encuentra expuesto a un riesgo de contagio por coronavirus superior a la población general, siendo estos riesgos equiparables a los del personal sanitario

En concreto, el personal del Cuerpo de M. Forenses y de la categoría de Auxiliar de Autopsia, tanto por los continuos reconocimientos médicos y levantamientos de cadáver en el caso del primer colectivo y por la realización o intervención en la práctica de autopsias en ambos casos, que pueden suponer contactos directos con personas contagiadas, CCOO entendemos que debe ser equiparado al grupo 2 (Personal sanitario de primera línea) según el orden de priorización establecido en el documento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud Estrategia de Vacunación frente a COVID-19 en España de 2 de diciembre de 2020

En cuanto al personal de los cuerpos especiales del INTyCF, el manejo continuo de muestras susceptibles de estar infectadas por el SARS-COV-2, especialmente en los servicios de Histopatología, Química y Drogas y Biología, justifica, a juicio de CCOO, su equiparación al grupo 3 (Otro personal sanitario y sociosanitario) en el mencionado orden de priorización en la dispensación de vacunas

Por todo ello CCOO hemos solicitado que desde el Ministerio de Justicia se gestione ante las autoridades sanitarias la inclusión de los colectivos de Médicos Forenses y Auxiliares de Autopsia en el Grupo 2 y al colectivo de cuerpos especiales del Instituto Nacional de Toxicología en el Grupo 3 de los establecidos como prioritarios en la Estrategia de Vacunación frente a COVID-19 en España, garantizándoles la dispensación de la vacuna en los mismos plazos que se establezcan para el personal sanitario de ambos grupos

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CCOO rechaza el comunicado del Ministerio de Justicia porque no garantiza la integridad de las personas a las que exige acudir a sus puestos de trabajo


10 ene 2021


  • El Ministerio de Justicia ha emitido un comunicado en relación con la prestación del servicio público de Justicia durante los próximos días 11 y 12 de enero, como consecuencia del temporal de nieve y frío que está afectando a buena parte del territorio español.

El Ministerio de Justicia ha emitido en el mediodía de hoy domingo, un comunicado en el que se dice entre otras cosas, lo siguiente:

  "El resto de empleados públicos que no dispongan de medios para teletrabajar deberán acudir a sus centros de destino, siempre que estén operativos viales, recorridos o transportes públicos adecuados y seguros y se garantice, además, el regreso al final de la jornada. (por ejemplo, utilización del metro en Madrid capital o recorridos a pie en condiciones de seguridad y distancia adecuadas). No obstante, en aquellos casos en los que los empleados residan en un municipio distinto al de su lugar de trabajo y las condiciones meteorológicas afecten a su desplazamiento, estarán exentos de acudir presencialmente. 

  El Servicio de Guardia se prestará de forma ordinaria, con las excepciones previstas en el apartado anterior. Para el caso de que, por las propias circunstancias concurrentes, el servicio de Guardia no pueda ser atendido por el personal titular, habrá de acudirse a los turnos de sustitución ordinarios.

  Tendrán también que acudir presencialmente los funcionarios adscritos a Registros Civiles y Decanatos, aunque podrá establecerse un sistema de turnos rotatorios para los empleados durante esos días."



CCOO RECHAZA EL COMUNICADO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA PORQUE NO GARANTIZA LA INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS A LAS QUE EXIGE ACUDIR A SUS PUESTOS DE TRABAJO

CCOO HA PRESENTADO, MINUTOS DESPUÉS DE HABER RECIBIDO ESTE COMUNICADO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA UN TEXTO ALTERNATIVO, QUE MODIFICA ESENCIALMENTE EL  COMUNICADO DEL MINISTERIO, EN EL SENTIDO SIGUIENTE:

El resto de empleados públicos que no dispongan de medios para teletrabajar estarán exentos de acudir a sus centros de destino en el caso de  que no estén operativos viales, recorridos o transportes públicos adecuados y seguros y no se garantice, además, el regreso al final de la jornada. (por ejemplo, utilización del metro en Madrid capital o recorridos a pie en condiciones de seguridad y distancia adecuadas).

Asimismo, en aquellos casos en los que los empleados residan en un municipio distinto al de su lugar de trabajo y las condiciones meteorológicas afecten a su desplazamiento, estarán exentos de acudir presencialmente.

El Servicio de Guardia se prestará de forma extraordinaria, con las excepciones previstas en el apartado anterior. Para el caso de que, por las propias circunstancias concurrentes, el servicio de Guardia no pueda ser atendido por el personal titular, habrá de acudirse a los turnos de sustitución ordinariossiempre y cuando esto sea posible para la integridad de las personasEl Ministerio de Justicia garantizará el desplazamiento en condiciones de seguridad para su integridad a todas las personas que deban acudir al servicio de guardia, si estos fueran imprescindibles. Se asegurará que el servicio se preste con el menor personal que sea posible.

(ELIMINACIÓN DEL PÁRRAFO: "Tendrán también que acudir presencialmente los funcionarios adscritos a Registros Civiles y Decanatos, aunque podrá establecerse un sistema de turnos rotatorios para los empleados durante esos días".) 

A estos efectos, las sedes judiciales se abrirán con la normalidad que permitan las circunstanciassiempre y cuando el personal pueda acudir en condiciones de seguridad y garantizando su integridadEn caso contrario, se autoriza que no asistan a sus puestos de trabajo


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CCOO reclama al Ministerio de Justicia que emita una nota urgente en la que conste que solo deberán acudir de forma presencial, desde el lunes 11, los servicios indispensables


9 ene 2021




  • TEMPORAL DE NIEVE EN MUCHAS LOCALIDADES DE ESPAÑA

CCOO SOLICITA AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE DEBE EMITIR UNA NOTA EN LA QUE, DESDE EL LUNES 11 DE ENERO (y mientras dure el temporal de nieve y hielo en las ciudades afectadas), SOLO LOS SERVICIOS INDISPENSABLES SE PRESTARÁN PRESENCIALMENTE EN LAS LOCALIDADES AFECTADAS POR EL TEMPORAL

  • CCOO demanda que la nota que emita el Ministerio de Justicia debe comunicarse a todas las Gerencias territoriales, a las CCAA, y a todos los responsables de los órganos afectados.

CCOO ha remitido al Ministerio de Justicia, en el día de hoy, sábado 9 de enero de 2021, la carta que reproducimos:

Secretario General para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia 

Directora General para el Servicio Público de Justicia

Subdirector General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia

Madrid a 9 de enero de 2021

Estamos viviendo un temporal de enormes dimensiones en la mayoría de España, pero especialmente en algunas CCAA, como todas las CCAA del centro de España, Comunitat Valenciana, Aragón y el temporal ya se extiende a otras CCAA del norte. Estamos sufriendo en la mayoría de las CCAA de España una ola de nevadas en cualquier lugar y población, con espesores que en muchos casos ascienden ya a más de medio metro.

Esta situación, siendo enormemente preocupante, parece que puede, según las previsiones, hacerse más peligrosa en las próximas horas y días. Porque además de seguir nevando, las temperaturas se van a desplomar, por lo que la enorme capa de nieve caída en muchos puntos y localidades, se va a convertir en hielo, lo que aún hace más peligroso andar por las calles y menos coger un medio de transporte.

En varias CCAA como la de Madrid, Castilla La Mancha y Castilla León, pero también en otras, el temporal de nieve ha obligado a suspender todos los transportes que no sea el metro en Madrid, y no se espera una mejora de la situación, sino todo lo contrario.

En esta situación, y dado que el domingo, las temperaturas, como decimos, van a descender de forma muy importante en la mayoría de las CCAA, del centro, este y norte de España, las enormes capas de nieve caídas, pero aún por caer en las próximas horas, se van a convertir en hielo, y la situación de riesgo para las personas crece y de forma muy peligrosa. Y son las propias autoridades las que hacen un llamamiento expreso para que la ciudadanía no salga de sus casas.

Por ello, desde CCOO les trasladamos la necesidad de que, en todas las localidades, en las que la caída de la nieve y su conversión en placas de hielo, en las próximas horas y días, va a convertir las ciudades en absolutamente intransitables, se establezca que solo los servicios esenciales e indispensables (para CCOO en estas circunstancias, solo el servicio de guardia) se realicen de forma presencial desde el lunes 11 de enero y hasta que la situación se normalice y no haya riesgos para la integridad de las personas.

En el caso de la Comunidad de Madrid, hemos comprobado que por la Presidenta Regional de esa Comunidad se ha declarado que el personal funcionario de dicho ámbito, no deberá acudir presencialmente a sus puestos de trabajo desde el lunes 11 de enero, salvo los servicios esenciales, que en la Administración de Justicia solo son los servicios de guardia.

Esta decisión, entendemos desde CCOO, debe extenderse a todos los OOCC (órganos centrales) porque la situación del temporal afecta a toda la Comunidad de Madrid se esté destinado en el ámbito de la Administración de Justicia de la CMadrid o de los OOCC.

Por lo explicado, desde CCOO reclamamos:

- Que desde el Ministerio de Justicia se comunique a todas las Gerencias Territoriales de su ámbito de competencias, y a todas las CCAA con competencias transferidas, que, en todas las localidades en las que la nieve y el hielo impidan a las personas transitar por sus ciudades sin riesgo para su integridad, se acuerde que solo deberán acudir a sus puestos de trabajo de forma presencial los considerados servicios indispensables, que entendemos solo es el servicio de guardia. Y estos casos, garantizando a este personal los medios de transporte necesarios para que puedan acudir y volver a sus puestos de trabajo en condiciones de seguridad.

- Que en el caso del personal funcionario y laboral de los OOCC, se establezcan las mismas medidas acordadas por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, es decir, solo deberán acudir presencialmente a sus puestos de trabajo, desde el lunes 11 de enero (y mientras dure esta situación extraordinaria), los servicios indispensables como decimos en el párrafo anterior, y garantizando, insistimos, a este personal los medios de transporte necesarios para no poner en riesgo su integridad.

- Que se comuniquen estas decisiones a todos los responsables de los Órganos Judiciales afectados, a todas las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, y dicho anuncio se haga llegar a todo el personal de los OOCC para su conocimiento.

Hace unos minutos hemos conocido que por la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Función Pública se ha dictado una resolución esta misma tarde con el siguiente contenido en relación con las localidades afectadas por el temporal: “solo tendrán que acudir a sus puestos de trabajo presencialmente los días 11 y 12 de enero, lunes y martes, los servicios imprescindibles. El resto del personal permanecerá teletrabajando”

Esperamos que los máximos responsables del Ministerio de Justicia contesten lo antes posible a este escrito de CCOO y emita un comunicado en el mismo sentido de esta nota de Función Pública.

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Oposiciones Letrados de la Administración de Justicia, turno libre: publicada la valoración provisional de méritos de la fase de concurso


8 ene 2021



Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia:

LETRADOS DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, Orden JUS/402/2019, de 19 de marzo. (BOE de 8 de abril de 2019)

Acuerdo del Tribunal nº 1 por el que se publica la valoración provisional de méritos en fase de concurso
8 de enero de 2021

Plazo de presentación de alegaciones: del 11 al 22 de enero, ambos incluidos

Documentos Asociados


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Oposiciones Gestión Promoción Interna: publicados en el BOE de 8 de enero los nombramientos y adjudicaciones de destino (excepto C. de Madrid)





  •  Veintiún meses después de que se publicara en el BOE la convocatoria (BOE de 8 de abril de 2019), se publican, al fin, los nombramientos y adjudicaciones de destino del proceso selectivo de Gestión Promoción Interna, lo que constituye un retraso injustificable, inadmisible e intolerable.

BOE de 8 de enero de 2021: Se publican los nombramientos y adjudicaciones de destinos de Gestión Promoción interna de todos los ámbitos (excepto los destinos de la Comunidad de Madrid que se publicarán, según esa Comunidad, el próximo 15 de enero), correspondientes a la OEP 2017-2018

1.- Orden que publica los Nombramientos de los aprobados de Gestión promoción interna (la orden, como hemos venido informando, tiene fecha de 22 de diciembre de 2020):Publicamos los nombramientos y destinos de todos los ámbitos que convocaban plazas (excepto los destinos de la Comunidad de Madrid, que como decimos más arriba, los publicará esa Comunidad el 15 de enero):


MINISTERIO DE JUSTICIA
Nombramientos


Orden JUS/1310/2020, de 22 de diciembre, por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, acceso por promoción interna, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

PDF (BOE-A-2021-260 - 22 págs. - 475 KB)     Otros formatos

 

2.- Órdenes y resoluciones de adjudicación de destinos del ámbito no transferido y de todas las CCAA con competencias transferidas, excepto la Comunidad de Madrid (las órdenes, resoluciones y adjudicaciones de destinos que se publican, y como hemos venido informando, llevan fecha de 22 de diciembre de 2020): 


MINISTERIO DE JUSTICIA
Destinos


Orden JUS/1311/2020, de 22 de diciembre, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas, convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo, en el ámbito de Península y Baleares.

PDF (BOE-A-2021-261 - 7 págs. - 236 KB)     Otros formatos


COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
Destinos


Orden de 22 de diciembre de 2020, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

PDF (BOE-A-2021-265 - 5 págs. - 245 KB)     Otros formatos


COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
Destinos


Resolución de 22 de diciembre de 2020, del Departamento de Justicia, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno de promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

PDF (BOE-A-2021-266 - 12 págs. - 381 KB)     Otros formatos


COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
Destinos


Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Turismo, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno de promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por la Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

PDF (BOE-A-2021-267 - 5 págs. - 310 KB)     Otros formatos


COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
Destinos


Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Dirección General de la Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

PDF (BOE-A-2021-268 - 5 págs. - 246 KB)     Otros formatos


COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Destinos


Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Consejería de Presidencia, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

PDF (BOE-A-2021-269 - 3 págs. - 232 KB)     Otros formatos


COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
Destinos


Orden PRE/186/2020, de 22 de diciembre, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

PDF (BOE-A-2021-270 - 3 págs. - 249 KB)     Otros formatos


COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Destinos


Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Justicia e Interior, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

PDF (BOE-A-2021-271 - 4 págs. - 243 KB)     Otros formatos


COMUNITAT VALENCIANA
Destinos


Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

PDF (BOE-A-2021-272 - 5 págs. - 304 KB)     Otros formatos


COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
Destinos


Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

PDF (BOE-A-2021-273 - 4 págs. - 249 KB)     Otros formatos


COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
Destinos


Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

PDF (BOE-A-2021-274 - 5 págs. - 301 KB)     Otros formatos


COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Destinos


Resolución 372/2020, de 22 de diciembre, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

PDF (BOE-A-2021-275 - 4 págs. - 246 KB)     Otros formatos

 

Como hemos venido informando, y sin haber dado explicación alguna, la Comunidad de Madrid retrasa la publicación de los destinos de los aprobados de su ámbito territorial hasta el 15 de enero, lo que, además de un retraso inaceptable, es de una falta de consideración con las personas opositoras que aprobaron en este ámbito territorial. La Administración de la Comunidad de Madrid no puede justificar este retraso pues las plazas que convocó la Comunidad de Madrid fueron inferiores a las que convocaron otros ámbitos territoriales como el Ministerio de Justicia y las CCAA de Cataluña y Andalucía, por ejemplo, a las que Sí les ha dado tiempo de publicar en la misma fecha en el BOE.

Finalmente, y como CCOO ha venido demandando insistentemente al Ministerio de Justicia, las órdenes de nombramiento y destinos que hoy se publican, llevan fecha de diciembre de 2020, por lo que la congelación para poder concursar se extiende tan solo al año 2021. Por tanto, las personas que ahora tomen posesión efectiva en el Cuerpo de Gestión, podrán concursar, si lo desean, en el concurso de traslado que se convoque en 2022.

En la orden del ámbito Ministerio de Justicia que adjudica los destinos, señalamos como muy importantes a tener en cuenta. los siguientes apartados (que son de contenido semejante en las órdenes y resoluciones del resto de ámbitos territoriales convocantes):

Primero.- Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se les otorga destino en esta Orden, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado (...) 

Segundo.- Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden y que opten por continuar en activo en el Cuerpo de Tramitación Judicial, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo, adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos, dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985 (...)

Con el fin de planificar la oferta de plazas de los aspirantes aprobados por el turno libre, aquellos aspirantes del turno de promoción interna que opten por continuar en activo en el Cuerpo de procedencia, deberán comunicar, mediante el formulario que se publica en la presente Orden como Anexo II, su intención de acogerse a dicha opción, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de su nombramiento y adjudicación de destino en el Boletín Oficial del Estado.    

Tercero.- En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionario del Cuerpo de Tramitación Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados (...).   

Cuarto.- Los funcionarios que opten por permanecer en el nuevo puesto del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, permiso del que se deducirán los días contemplados en el apartado tercero de esta Orden. (Esta disposición establece:  Disposición adicional quinta. Permiso retribuido para funcionarios que accedan a otros Cuerpos o Escalas. Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo Cuerpo o Escala tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, a un permiso retribuido de tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo comporta).

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